El otorgamiento unilateral de pensiones por jubilación por parte de un Congreso local, con cargo al presupuesto del Poder Judicial de la entidad, vulnera la autonomía presupuestaria y el principio de división de poderes, al constituir una forma de subordinación y afectar la gestión de recursos de dicho Poder.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra un decreto del Congreso local que otorgaba una pensión por jubilación con cargo al presupuesto del Poder Judicial, sin transferir los recursos necesarios. La Sala determinó que este acto vulnera la autonomía presupuestaria y la independencia del Poder Judicial, al ser una intromisión indebida en la gestión de sus recursos y una forma de subordinación, declarando la invalidez parcial del decreto.
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