La nulidad de una boleta de infracción procede cuando la autoridad emisora no funda debidamente su competencia material y territorial para emitirla.
Se declara la nulidad de una boleta de infracción emitida por un guardia de la Guardia Nacional al considerar que la autoridad no fundó adecuadamente su competencia material y territorial. El tribunal determinó que, si bien se citaron diversos preceptos legales, estos no especifican las facultades del guardia para levantar infracciones ni el ámbito territorial en el que puede actuar, dejando al gobernado en estado de indefensión.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.