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15/2020OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La calificación jurídica de los hechos como ilícitos para efectos de responsabilidad civil requiere un ejercicio de análisis y valoración de las constancias, no bastando por sí solas las manifestaciones o documentos aportados en la conciliación o que obren en el expediente del COPRED.

Expediente
15/2020
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
26 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La calificación jurídica de los hechos como ilícitos para efectos de responsabilidad civil requiere un ejercicio de análisis y valoración de las constancias, no bastando por sí solas las manifestaciones o documentos aportados en la conciliación o que obren en el expediente del COPRED.

Resumen

La Primera Sala de la SCJN analiza la procedencia del amparo directo en un caso donde se cuestionó la identificación de una parte demandada y la calificación de hechos como ilícitos. Se determinó que la problemática sobre la correcta identificación de la parte demandada (Danhos S.A. de C.V. vs. Concentradora Fibra Danhos) no podía ser resuelta en el amparo directo, ya que no fue materia del juicio civil y no existía litisconsorcio pasivo necesario. Adicionalmente, se estableció que las constancias de un convenio de conciliación o del expediente del COPRED, si bien pueden ser relevantes, no son suficientes por sí solas para acreditar un hecho ilícito para efectos de responsabilidad civil, siendo necesario un ejercicio de calificación jurídica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.