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29/2026OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El tributo es un ingreso de derecho público destinado al financiamiento de los gastos generales, obtenido por un ente de derecho público titular de un crédito frente al contribuyente, cuya obligación surge de la ley y grava un hecho indicativo de capacidad económica, otorgando un trato equitativo.

Expediente
29/2026
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
12 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El tributo es un ingreso de derecho público destinado al financiamiento de los gastos generales, obtenido por un ente de derecho público titular de un crédito frente al contribuyente, cuya obligación surge de la ley y grava un hecho indicativo de capacidad económica, otorgando un trato equitativo.

Resumen

Se define el concepto jurídico de tributo aplicable a todos los niveles de gobierno. Se establece que es un ingreso de derecho público, generalmente pecuniario, que financia gastos generales y es obtenido por un ente público. Este ente tiene un derecho de crédito frente al contribuyente, cuya obligación nace de la ley, la cual debe gravar un hecho que refleje capacidad económica y asegurar un trato equitativo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.