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155/2020OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La definición de "documento de archivo" debe ser amplia y abarcar cualquier registro de hechos, actos administrativos, jurídicos, fiscales o contables, independientemente de su soporte documental, siempre que sea producido, recibido y utilizado en el ejercicio de las facultades de los sujetos obligados.

Expediente
155/2020
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
25 may 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La definición de "documento de archivo" debe ser amplia y abarcar cualquier registro de hechos, actos administrativos, jurídicos, fiscales o contables, independientemente de su soporte documental, siempre que sea producido, recibido y utilizado en el ejercicio de las facultades de los sujetos obligados.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad de una ley estatal en materia de transparencia y acceso a la información pública. Se discute la reserva de información financiera y de activos del Estado, así como la definición de "documento de archivo". La Corte establece que la definición de "documento de archivo" debe ser amplia, incluyendo cualquier registro utilizado en el ejercicio de facultades, sin importar su soporte. Además, se cuestiona la justificación de reservar información financiera y de activos, al no encontrar un supuesto análogo en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.