La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un recurso de reclamación, determina la inoperancia de argumentos que pretenden el análisis de la sentencia de un Tribunal Colegiado, cuando la materia del medio de defensa se limita a la legalidad de un acuerdo emitido por el Presidente de la propia Suprema Corte.
El presente caso se relaciona con un recurso de reclamación interpuesto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La recurrente argumentaba que el Tribunal Colegiado había interpretado erróneamente una jurisprudencia de la Corte sobre la garantía de audiencia en relación con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación y que, además, el Tribunal Colegiado no aplicó una jurisprudencia sobre la valoración de pruebas en visitas domiciliarias. Sin embargo, la Suprema Corte declaró inoperantes estos argumentos al considerar que la materia del recurso de reclamación se limitaba a la legalidad de un acuerdo emitido por el Presidente de la Corte, y no al análisis de la sentencia del Tribunal Colegiado.
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