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SJF · Tesis

La repetición del cobro de un impuesto fiscal ya cubierto no altera la naturaleza fiscal del adeudo exigido, y la procedencia del recurso de revisión contra dicho cobro no está supeditada a que las resoluciones que fijen la obligación provengan de las Juntas Calificadoras.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1947
Materia
administrativa
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La repetición del cobro de un impuesto fiscal ya cubierto no altera la naturaleza fiscal del adeudo exigido, y la procedencia del recurso de revisión contra dicho cobro no está supeditada a que las resoluciones que fijen la obligación provengan de las Juntas Calificadoras.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia del amparo contra la repetición del cobro de un impuesto fiscal. Se establece que el hecho de que se cobre un impuesto ya cubierto no le quita su carácter fiscal. Además, se determina que para interponer el recurso de revisión contra esta repetición de cobro, no es necesario que las resoluciones que establecen la obligación provengan de las Juntas Calificadoras. En consecuencia, si no se agota dicho recurso, procede el sobreseimiento del amparo solicitado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.