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83/2015OtroTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe declarar la invalidez de las normas que, sin distinguir entre bases generales y normas de aplicación supletoria, invaden la esfera de competencia exclusiva de los municipios en materia de desarrollo urbano, contraviniendo el principio de autonomía municipal.

Expediente
83/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
12 ago 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe declarar la invalidez de las normas que, sin distinguir entre bases generales y normas de aplicación supletoria, invaden la esfera de competencia exclusiva de los municipios en materia de desarrollo urbano, contraviniendo el principio de autonomía municipal.

Resumen

El Municipio de Guadalajara promovió controversia constitucional contra diversas reformas al Código Urbano del Estado de Jalisco, argumentando que invaden sus facultades exclusivas en materia de desarrollo urbano, contraviniendo el artículo 115 de la Constitución Federal. La Suprema Corte analizó si las normas impugnadas distinguían adecuadamente entre bases generales y normas supletorias, y si respetaban la autonomía municipal en la regulación de planes de desarrollo urbano, licencias, permisos y otros aspectos de la planeación y gestión urbana. El análisis se centró en determinar si el Congreso del Estado había excedido sus facultades al emitir disposiciones que debían ser reguladas por los propios municipios.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.