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SJF · Tesis

La orden de visita domiciliaria en materia fiscal es un acto autónomo, susceptible de causar perjuicio por sí solo a los particulares, y por tanto, impugnable en amparo de manera independiente, al no formar parte del procedimiento en forma de juicio en que se desenvuelve la visita.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 feb 2008
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La orden de visita domiciliaria en materia fiscal es un acto autónomo, susceptible de causar perjuicio por sí solo a los particulares, y por tanto, impugnable en amparo de manera independiente, al no formar parte del procedimiento en forma de juicio en que se desenvuelve la visita.

Resumen

La orden de verificación fiscal en el domicilio de los particulares, al ser un acto autónomo y no parte del procedimiento de la visita domiciliaria, puede ser impugnada en amparo de forma independiente. Esto se debe a que la orden, sujeta a los requisitos constitucionales y legales, puede causar perjuicio por sí misma a los contribuyentes, haciendo procedente su reclamo en términos del artículo 114, fracción II, párrafo primero, de la Ley de Amparo.

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