La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 22/2021, determinó que los municipios no tienen competencia directa para adquirir vacunas contra el COVID-19, ya que esta materia corresponde a la Federación y a las entidades federativas, conforme a la Ley General de Salud y la distribución competencial establecida en la Constitución.
El Municipio de Huixquilucan promovió controversia constitucional contra el "Acuerdo por el que se establece como una acción extraordinaria en materia de salubridad general..." impugnando la falta de respuesta a una solicitud de autorización para adquirir vacunas contra el COVID-19. La Suprema Corte sobreseyó el recurso respecto a la omisión de respuesta, al haber sido contestada posteriormente. En cuanto al fondo, la Corte determinó que la adquisición de vacunas es una materia de salubridad general cuya competencia recae en la Federación y las entidades federativas, no en los municipios, por lo que el acuerdo impugnado no vulnera la esfera competencial municipal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.