La competencia del Tribunal Pleno para conocer de un conflicto de invasión de soberanías requiere que la cuestión planteada implique el posible ejercicio de facultades reservadas a la otra esfera de gobierno, no bastando la mera afirmación del quejoso.
El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 7552/84, estableció que para que se surta su competencia en casos de invasión de soberanías, no es suficiente la alegación del quejoso. Es indispensable que la controversia evidencie un posible ejercicio de facultades reservadas a la otra esfera de gobierno, ya sea por parte de autoridades federales invadiendo competencias estatales o viceversa.
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