El arresto no puede ser impuesto como medida de apremio en el procedimiento burocrático local si la ley de la materia no lo contempla expresamente, aun cuando la Ley Federal del Trabajo prevea dicha figura de manera supletoria.
El quejoso solicitó el amparo y protección de la justicia federal contra el acuerdo del Juzgado Segundo Especializado en Materia Burocrática que negó ordenar el arresto de la parte demandada como medida de apremio para cumplir un laudo. El Juzgado de Distrito negó el amparo, determinando que la Ley del Servicio Civil del Estado y los Municipios de Chiapas no prevé el arresto como medio de apremio, y que no es aplicable supletoriamente la Ley Federal del Trabajo en este aspecto, pues ello contravendría los principios de legalidad y seguridad jurídica.
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