La teoría de "ilegalidades no invalidantes" es inaplicable para validar una resolución que impone una multa en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, cuando la autoridad omitió declarar la caducidad del procedimiento administrativo, pues dicha omisión trasciende al sentido de la resolución, ocasiona indefensión y afecta la esfera jurídica del particular al impedir la aplicación de sanciones.
Se analiza la inaplicabilidad de la teoría de "ilegalidades no invalidantes" en casos de caducidad de procedimientos administrativos en materia ambiental. El tribunal determina que la omisión de la autoridad de declarar la caducidad de un procedimiento administrativo para imponer una multa, no puede ser subsanada mediante dicha teoría, ya que esta omisión genera indefensión al particular y afecta directamente su esfera jurídica, impidiendo la aplicación de sanciones pecuniarias.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.