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SJF · Tesis

La caducidad de la instancia en el juicio de amparo no opera cuando se reclama la inconstitucionalidad de una ley, ya sea en sentido material o formal, o de un reglamento que, aunque materialmente equiparable a una ley, formalmente no emana del órgano legislativo competente ni del Ejecutivo Federal en ejercicio de facultades legislativas.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1971
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad de la instancia en el juicio de amparo no opera cuando se reclama la inconstitucionalidad de una ley, ya sea en sentido material o formal, o de un reglamento que, aunque materialmente equiparable a una ley, formalmente no emana del órgano legislativo competente ni del Ejecutivo Federal en ejercicio de facultades legislativas.

Resumen

El presente criterio establece que la caducidad de la instancia en el juicio de amparo no se actualiza si la demanda reclama la inconstitucionalidad de una ley o de un reglamento. Se distingue entre la inconstitucionalidad de una ley formal y material, y la de un reglamento. Aunque un reglamento pueda ser materialmente similar a una ley, si formalmente no fue expedido por el órgano legislativo o el Ejecutivo Federal con facultades legislativas, la excepción a la caducidad por inactividad procesal, prevista en la Ley de Amparo, sigue siendo aplicable.

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