La improcedencia de un asunto impide la imposición de multas por su promoción, al no existir elementos para considerar que se buscó entorpecer o dilatar el procedimiento.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó una recusación al considerar que el asunto era improcedente. Por lo tanto, no se impuso la multa solicitada, ya que la improcedencia del caso impedía determinar si la promoción de la recusación buscaba entorpecer o dilatar el procedimiento. Se exentó al promovente de la multa al acreditar insolvencia económica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.