La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso en contra de la sentencia reclamada.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito resolvió negar el amparo y la protección de la justicia federal a una sociedad anónima en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La resolución se fundamenta en los artículos 73 a 79, 184, 185, 186, 188 y 189 de la Ley de Amparo, sin detallar los motivos específicos por los cuales se negó el amparo.
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