La identificación plena del personal aduanero que realiza el reconocimiento de mercancías es un requisito esencial para la validez del acta circunstanciada y la resolución que de ella emane, en aras de garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
Se declara la nulidad de una resolución de crédito fiscal emitida por la autoridad aduanera, al considerar que el acta circunstanciada en la que se basó omitió asentar datos esenciales para la plena identificación del personal verificador. La omisión de detallar el nombre de quien expide la credencial y el oficio de autorización, contraviene los requisitos de identificación exigidos por la jurisprudencia para salvaguardar la seguridad jurídica del contribuyente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.