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251/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La autonomía de gestión presupuestal de los órganos jurisdiccionales no se vulnera cuando el presupuesto que se les asigna es el solicitado, aun cuando sea inferior por una mínima cantidad al anteproyecto presentado, si se prevé la posibilidad de solicitar ampliaciones presupuestales fundadas y motivadas.

Expediente
251/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
22 may 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La autonomía de gestión presupuestal de los órganos jurisdiccionales no se vulnera cuando el presupuesto que se les asigna es el solicitado, aun cuando sea inferior por una mínima cantidad al anteproyecto presentado, si se prevé la posibilidad de solicitar ampliaciones presupuestales fundadas y motivadas.

Resumen

El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos impugnó el decreto que aprobó el Presupuesto de Egresos del Estado para 2023, argumentando una vulneración a su autonomía de gestión presupuestal. La Suprema Corte determinó que no existió tal vulneración, ya que el presupuesto asignado fue prácticamente el solicitado, y en caso de insuficiencia, el Tribunal puede solicitar ampliaciones presupuestales de manera fundada y motivada, conforme a las leyes aplicables.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.