La revisión fiscal es improcedente cuando el Procurador Fiscal de la Federación no comparece a defender la legalidad del acto impugnado.
Se determinó la improcedencia de la revisión fiscal promovida por el Procurador Fiscal de la Federación, al no haber comparecido a defender la legalidad del acto impugnado. La falta de comparecencia implica la renuncia a la defensa del acto, lo que imposibilita la continuación del recurso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.