El recurso de reclamación queda sin materia cuando la resolución que se impugna es declarada firme por el Tribunal Pleno.
El presente asunto se refiere a un recurso de reclamación interpuesto contra una resolución emitida en un amparo directo en revisión. El Tribunal Pleno determinó que dicho recurso carece de materia, ya que la resolución impugnada ha quedado firme. Por lo tanto, se considera innecesario el estudio de los agravios planteados por la parte recurrente.
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