La ejecutoria de amparo dictada contra un fallo del Tribunal Fiscal, que ordena la emisión de una nueva sentencia, no puede tener un alcance mayor al de obligar al Tribunal Fiscal a resolver sobre la nulidad del procedimiento de una oficina federal de hacienda, pues ello implicaría otorgarle efectos más amplios que los del propio fallo.
Se concedió el amparo contra un fallo del Tribunal Fiscal, ordenando que se dictara una nueva sentencia. La ejecutoria de amparo solo puede obligar al Tribunal Fiscal a resolver sobre la nulidad del procedimiento de una oficina federal de hacienda, sin extender sus efectos a los actos propios de dicha oficina. Ampliar el alcance de la ejecutoria implicaría atribuirle efectos más extensos que los del fallo original, lo cual es un absurdo.
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