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205/2022-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La naturaleza de las participaciones y aportaciones federales, así como los plazos para su entrega, se rigen por leyes de coordinación fiscal, y no directamente por la Constitución Federal.

Expediente
205/2022-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
15 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La naturaleza de las participaciones y aportaciones federales, así como los plazos para su entrega, se rigen por leyes de coordinación fiscal, y no directamente por la Constitución Federal.

Resumen

El municipio actor reclamó el pago de participaciones y aportaciones federales omitidas, así como los intereses correspondientes. La Suprema Corte determinó que la regulación de estos recursos y sus plazos de entrega no emana directamente de la Constitución Federal, sino de las leyes de Coordinación Fiscal, tanto federal como estatales. Por lo tanto, las violaciones alegadas por el municipio dependían de la transgresión de ordenamientos secundarios y no de la Constitución General de la República, ni del artículo 115, fracción IV, de la misma.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.