La imposibilidad material de cumplir con una obligación fiscal, derivada de actos u omisiones de la propia autoridad fiscal, constituye una causa de fuerza mayor que exime al contribuyente de la sanción por incumplimiento.
La Segunda Sala Regional en Baja California del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que la imposibilidad de cumplir con obligaciones fiscales, debido al bloqueo de la firma electrónica por parte de la autoridad fiscal, configura una causa de fuerza mayor. El tribunal determinó que el contribuyente no puede ser sancionado por incumplimiento cuando la omisión se debe a circunstancias ajenas e inevitables, como la negativa de la autoridad a desbloquear una herramienta esencial para el cumplimiento de sus deberes fiscales. Se invocó el principio general del derecho "a lo imposible nadie está obligado" y se consideró la existencia de sentencias previas sobre casos similares como hechos notorios.
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