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160/2024NiegaSCJNNiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El Congreso local no puede disponer del presupuesto asignado al Poder Judicial, pues ello atenta contra su autonomía presupuestaria y la división de poderes.

Expediente
160/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
13 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El Congreso local no puede disponer del presupuesto asignado al Poder Judicial, pues ello atenta contra su autonomía presupuestaria y la división de poderes.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el decreto que autorizó el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2021. El Poder Judicial argumentó que el Congreso local, al asignar y disponer de su presupuesto, invadía sus facultades y autonomía. La Corte determinó que el Congreso no puede disponer del presupuesto del Poder Judicial, declarando la invalidez parcial del decreto impugnado en la porción normativa que asignaba la cobertura de pensiones al propio Poder Judicial, reafirmando así la autonomía presupuestaria de este último.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.