Los cobros por la búsqueda de información en archivos municipales, como parte de los derechos por expedición de certificados o copias, contravienen el principio de proporcionalidad tributaria si las cuotas establecidas no guardan una relación razonable con el costo del servicio prestado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una acción de inconstitucionalidad promovida por el Ejecutivo Federal contra Leyes de Ingresos de los Municipios de Purépero y Morelia, Michoacán, que establecían cobros por la búsqueda de información en archivos. La Corte determinó que estos cobros, al no estar justificados en el costo real del servicio y al no ser proporcionales, vulneran el principio de proporcionalidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución. Por lo tanto, se declaró la invalidez de las disposiciones impugnadas.
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