La obligación de juzgar con perspectiva de género interseccional es un deber constitucional de las autoridades jurisdiccionales, que debe aplicarse incluso cuando la mujer es imputada de un delito, para analizar la incidencia de factores de vulnerabilidad en la comisión de la conducta ilícita.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la sentencia de amparo que negó la protección a una trabajadora del hogar condenada por robo. La Corte determinó que el tribunal colegiado omitió juzgar con perspectiva de género interseccional al no analizar si la condición de trabajadora del hogar y mujer, con posibles factores de vulnerabilidad económica y social, influyó en la comisión del delito. Se ordenó al tribunal colegiado reevaluar el caso aplicando dicho enfoque para garantizar un acceso efectivo e igualitario a la justicia.
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