Las autoridades fiscales, al emitir un acto de fiscalización, deben fundar y motivar debidamente sus resoluciones, y no pueden utilizar el juicio de nulidad para subsanar deficiencias en la fundamentación y motivación de sus actos, ni para realizar facultades de comprobación que debieron ejercerse previamente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la actuación de autoridades fiscales que intentaron subsanar la deficiente fundamentación y motivación de un acto de fiscalización durante el juicio de nulidad. Se establece que las autoridades fiscales cuentan con facultades de comprobación previas a la emisión del acto, como la visita domiciliaria, y no pueden utilizar el juicio de nulidad para suplir estas omisiones o realizar nuevas facultades de comprobación. Permitir lo contrario dejaría en estado de indefensión al contribuyente.
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