La autoridad fiscal debe acreditar la presentación de los movimientos afiliatorios por parte del patrón, mediante el acuse de recibo electrónico correspondiente, para desvirtuar la negativa lisa y llana del contribuyente.
La Segunda Sala Regional en Coahuila del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de créditos fiscales al considerar que la autoridad demandada no acreditó la presentación de los movimientos afiliatorios por parte del actor. El actor negó haber proporcionado los datos y documentos que sustentaron la resolución impugnada, y si bien la autoridad exhibió estados de cuenta individuales, estos no demostraban que los movimientos hubieran sido presentados por el patrón. Por lo tanto, la autoridad incumplió con su carga probatoria al no exhibir el acuse de recibo electrónico, constancia que acredita la recepción de la información por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.