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296/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La constitucionalidad del artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, se confirma al acreditarse el interés jurídico de la quejosa y atenderse a los criterios emitidos por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Expediente
296/2019
Tribunal
Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Juan Carlos Cruz Razo
Fecha
4 jun 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La constitucionalidad del artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, se confirma al acreditarse el interés jurídico de la quejosa y atenderse a los criterios emitidos por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Resumen

Se confirma la sentencia recurrida y se niega el amparo y protección de la justicia federal a la recurrente. El tribunal determinó que la quejosa acreditó su interés jurídico en relación con el artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve. Dicha disposición se consideró constitucional, en concordancia con los criterios establecidos por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.