La tipificación de conductas delictivas debe realizarse con la precisión y claridad que exige el principio de taxatividad, evitando la ambigüedad y la vaguedad que generen incertidumbre jurídica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Querétaro. Se determinó que varios artículos, al carecer de la precisión necesaria, vulneran el principio de taxatividad y seguridad jurídica. La Corte enfatizó que las leyes penales deben describir las conductas prohibidas de manera clara y suficiente para evitar la arbitrariedad en su aplicación y garantizar la certeza de los gobernados sobre lo que está penalmente sancionado.
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