La contribución especial por el incremento en el coeficiente de utilización de suelo, prevista en las Leyes de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco, para los ejercicios fiscales 2016 y 2019, tiene naturaleza de derecho y no de contribución de mejoras o impuesto, por lo que su análisis de constitucionalidad debe atender a los principios de proporcionalidad y equidad aplicables a los derechos por servicios.
El Pleno Regional determinó la naturaleza jurídica de la contribución especial por incremento en el coeficiente de utilización de suelo en Zapopan, Jalisco. Se resolvió que dicha contribución, aunque denominada especial, tiene la naturaleza de un derecho, ya que se paga por la solicitud y obtención de un servicio público específico (autorización de incremento en la densidad de edificación). Por lo tanto, su constitucionalidad debe analizarse bajo los principios de proporcionalidad y equidad aplicables a los derechos, los cuales exigen que la cuota guarde relación con el costo del servicio y no se base en elementos ajenos como la capacidad económica del contribuyente.
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