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91/2021OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, en aras de garantizar el derecho de acceso a la justicia y la supremacía constitucional, especialmente en acciones de inconstitucionalidad donde no existen partes y se busca la salvaguarda del orden constitucional.

Expediente
91/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
7 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, en aras de garantizar el derecho de acceso a la justicia y la supremacía constitucional, especialmente en acciones de inconstitucionalidad donde no existen partes y se busca la salvaguarda del orden constitucional.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por diversos Senadores en contra de reformas a la Ley de Hidrocarburos. Inicialmente, la demanda fue desechada por falta de firmas autógrafas, pero tras un recurso de reclamación, se ordenó al ministro instructor requerir a los promoventes para subsanar dicha irregularidad. La Corte determinó que, en virtud del principio pro actione y las circunstancias extraordinarias de la pandemia, se debía privilegiar la solución del conflicto sobre formalismos, permitiendo la admisión de la demanda para analizar el fondo del asunto y garantizar el acceso a la justicia y la supremacía constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.