La pensión por edad y años de servicio debe resolverse conforme a la ley vigente si el requisito de edad se cumple una vez que esta ha entrado en vigor, aun cuando algunos requisitos se hayan cumplido bajo la ley abrogada.
La contradicción de tesis analizó la aplicación de la ley en materia de pensiones por edad y años de servicio en el ISSSTE. Se determinó que si bien algunos requisitos para la pensión se cumplieron bajo la ley abrogada, la edad mínima requerida se alcanzó una vez que entró en vigor la nueva ley. En este supuesto, la solicitud de pensión debe resolverse conforme a la ley vigente, pues no se actualiza una violación al principio de irretroactividad de la ley ni al de progresividad, al tratarse de expectativas de derecho y no de derechos adquiridos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.