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790/2023ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La nulidad de una resolución administrativa debe declararse para el efecto de que la autoridad emita una nueva resolución, en la que, partiendo de la normativa aplicable y con base en la documentación e información aportada por el contribuyente, analice las operaciones y determine si existe o no un indebido acreditamiento del impuesto al valor agregado.

Expediente
790/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
21 feb 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad de una resolución administrativa debe declararse para el efecto de que la autoridad emita una nueva resolución, en la que, partiendo de la normativa aplicable y con base en la documentación e información aportada por el contribuyente, analice las operaciones y determine si existe o no un indebido acreditamiento del impuesto al valor agregado.

Resumen

El Tribunal declara la nulidad de la resolución recurrida, ordenando a la autoridad emitir una nueva. En esta, deberá analizar las operaciones que amparan el IVA acreditable, considerando la documentación e información proporcionada por la contribuyente, para determinar si hubo un acreditamiento indebido del impuesto en el ejercicio fiscal de 2010. Se enfatiza la importancia de respetar el derecho de audiencia del contribuyente, garantizado por el artículo 14 Constitucional, antes de la imposición de sanciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.