Para tener por acreditada la imposición de una sanción por infracción a las disposiciones del Reglamento General para Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, no basta con demostrar que se practicó una visita de inspección, sino que es necesario acreditar la comisión de la infracción específica que dio lugar a la sanción.
La presente tesis establece que la simple realización de una visita de inspección a un establecimiento mercantil no es suficiente para validar la imposición de una sanción. Es indispensable que la autoridad demuestre fehacientemente que se cometió una infracción específica a las normativas del Reglamento General para Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos en el Distrito Federal. Sin esta acreditación, la sanción carece de fundamento legal y puede ser anulada.
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