El artículo 34 del Código Fiscal de la Federación no viola el derecho a la seguridad jurídica, al establecer hipótesis jurídicas precisas vinculadas con el ámbito temporal de aplicación, las cuales se relacionan con aspectos subjetivos del contribuyente y la realidad de los hechos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó infundados los argumentos de la quejosa sobre la inconstitucionalidad del artículo 34 del Código Fiscal de la Federación. Se consideró que la norma no infringe el derecho a la seguridad jurídica, ya que establece hipótesis jurídicas precisas y un límite temporal de aplicación, vinculadas tanto a las condiciones del contribuyente como a la realidad de los hechos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.