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188/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La inaplicación provisional del sistema normativo reclamado, en particular del procedimiento previsto en el artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación y sus consecuencias, no es materia de impugnación en el juicio de amparo indirecto, pues constituye una medida cautelar que no afecta la esfera jurídica del quejoso.

Expediente
188/2026
Tribunal
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Manuel Monroy Álvarez
Fecha
14 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La inaplicación provisional del sistema normativo reclamado, en particular del procedimiento previsto en el artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación y sus consecuencias, no es materia de impugnación en el juicio de amparo indirecto, pues constituye una medida cautelar que no afecta la esfera jurídica del quejoso.

Resumen

El tribunal confirma la interlocutoria y niega la suspensión definitiva, declarando sin materia los recursos de revisión adhesivos. La inaplicación provisional de un sistema normativo, como el procedimiento del artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación, no es impugnable en amparo indirecto porque se trata de una medida cautelar que no genera una afectación jurídica directa al quejoso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.