La reparación del daño a las víctimas constituye un derecho humano cuya garantía corresponde al Estado, quien debe prever medidas diversas y simultáneas para atender el impacto multidimensional de un hecho ilícito, reconociendo la posibilidad de accionar vías autónomas y complementarias.
El Estado tiene la obligación de garantizar la reparación del daño a las víctimas, la cual trasciende la naturaleza de pena o sanción para consolidarse como un derecho humano. Por ello, debe contemplar medidas de diversa índole y simultáneas que atiendan el impacto multidimensional de un hecho ilícito, permitiendo la activación de vías autónomas y complementarias para remediar la vulneración de derechos humanos.
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