La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe analizar la constitucionalidad de las normas que regulan las candidaturas comunes, así como los procedimientos legislativos que las originaron, para determinar si se respetan los principios constitucionales electorales y los derechos de los ciudadanos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de reformas al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, relativas a las candidaturas comunes. Los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano impugnaron el decreto, alegando violaciones al procedimiento legislativo, falta de consulta a pueblos indígenas y afectaciones a los principios de sufragio y equidad electoral. El Tribunal Pleno determinó que los vicios en el procedimiento legislativo eran infundados y procedió al análisis de fondo de las normas impugnadas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.