La acreditación de la responsabilidad penal exige pruebas idóneas, pertinentes y suficientes, cuya valoración debe ser minuciosa, armónica e individualizada, respetando los principios de presunción de inocencia y non bis in idem, para evitar condenas basadas en suposiciones o inferencias ilegales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la transgresión de los artículos 14 y 16 constitucionales, así como del Código Nacional de Procedimientos Penales, debido a una supuesta falta de motivación en la acreditación de la responsabilidad penal. Se argumenta que las pruebas presentadas por la fiscalía fueron insuficientes y que la autoridad responsable realizó una valoración ilegal de los medios de convicción, sin un estudio minucioso y armónico. Además, se aduce la violación a los principios de presunción de inocencia y non bis in idem, al no probarse la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
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