El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando el quejoso no comparece a la audiencia constitucional, sin que medie causa justificada.
El presente juicio de amparo se sobresee debido a la incomparecencia del quejoso a la audiencia constitucional, sin que se presentara alguna causa justificada que la motivara. La Ley de Amparo establece las causales de sobreseimiento, entre las cuales se encuentra la ausencia del promovente en la audiencia señalada.
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