El principio de integridad de los recursos federales destinados a los Municipios garantiza su recepción puntual, efectiva y completa, por lo que la entrega extemporánea genera el pago de intereses moratorios.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Municipio de Isla, Veracruz, contra los Poderes Ejecutivo y Legislativo de dicho estado, por la omisión de entrega de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISMDF) correspondientes a agosto, septiembre y octubre de 2016. La Sala determinó que la omisión de pago transgrede la autonomía municipal y el principio de integridad de los recursos, ordenando al Poder Ejecutivo estatal la entrega de las cantidades adeudadas y los intereses moratorios correspondientes, concediendo un plazo de noventa días para su cumplimiento.
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