El Tribunal Colegiado incurre en ilegalidad al pronunciarse sobre la procedencia o improcedencia de aspectos fiscales y la obligación de retener impuestos, pues esta materia es ajena a su competencia, la cual se constriñe a resolver sobre la legalidad de los actos de las autoridades laborales.
El presente amparo directo en revisión aborda la competencia de los Tribunales Colegiados en materia laboral. Se determina que es incorrecto que un Tribunal Colegiado se pronuncie sobre la procedencia de aspectos fiscales o la obligación de retener impuestos, ya que estas cuestiones son ajenas a su ámbito de competencia, el cual se limita a la legalidad de los actos de las autoridades laborales. La obligación de retener impuestos recae en los patrones conforme a la legislación fiscal, sin necesidad de autorización de la autoridad laboral.
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