El cumplimiento de una sentencia por parte de la autoridad fiscal, al dictar una nueva resolución o intentar cobrar un crédito fiscal, implica un desistimiento tácito del recurso de revisión interpuesto, al haber consentido y reconocido la validez de la sentencia de primer grado.
La presente tesis establece que cuando una autoridad fiscal interpone un recurso de revisión contra una sentencia, pero posteriormente cumple con dicha sentencia dictando una nueva resolución o intentando cobrar el crédito fiscal determinado, se considera que ha operado un desistimiento tácito del recurso. Esto se debe a que, al actuar de esa manera, la autoridad reconoce y consiente la validez de la sentencia de primer grado, haciendo improcedente la continuación del recurso de revisión ante la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.