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SJF · Tesis

La notificación en materia fiscal, aun cuando el Código Fiscal de la Federación no prevea la obligación de salvar los errores enmendados en el escrito respectivo, exige que el funcionario que la practica asiente las razones por las que se corrige determinado aspecto y firme al calce de la actuación, en observancia de los principios generales de certeza y seguridad jurídicas.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 dic 2006
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La notificación en materia fiscal, aun cuando el Código Fiscal de la Federación no prevea la obligación de salvar los errores enmendados en el escrito respectivo, exige que el funcionario que la practica asiente las razones por las que se corrige determinado aspecto y firme al calce de la actuación, en observancia de los principios generales de certeza y seguridad jurídicas.

Resumen

El presente caso aborda la validez de las notificaciones en materia fiscal. Se determina que, si bien el Código Fiscal de la Federación no exige explícitamente que se salven las correcciones en los escritos de notificación, los principios generales de certeza y seguridad jurídica, así como el artículo 272 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, obligan al funcionario a asentar las razones de cualquier corrección y a firmar al calce de la actuación. Esto garantiza la fidelidad y autenticidad del documento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.