La orden de visita domiciliaria es ilegal cuando se emite de manera genérica, sin precisar el objeto de la inspección y los documentos a requerir, máxime si se exige al contribuyente documentación que no le corresponde por su calidad de persona física o por encontrarse en suspensión de actividades.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que una orden de visita domiciliaria es ilegal si se emite de forma genérica, sin especificar el objeto de la inspección y los documentos a requerir. En el caso, se consideró que la orden era genérica porque se exigió a una persona física documentación propia de personas morales y que no le correspondía por encontrarse en suspensión de actividades. La Corte enfatizó que la fundamentación y motivación de la orden deben ser precisas y acordes a la situación particular del contribuyente, no pudiendo ser mejoradas en la contestación de la demanda.
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