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1633/2014OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La reserva de ley del artículo 17 constitucional, que exige la impartición de justicia en los plazos y términos legales, responde a la necesidad de ejercer la acción dentro de lapsos determinados, cuya inobservancia genera la prescripción o caducidad como sanción legítima.

Expediente
1633/2014
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
30 mar 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La reserva de ley del artículo 17 constitucional, que exige la impartición de justicia en los plazos y términos legales, responde a la necesidad de ejercer la acción dentro de lapsos determinados, cuya inobservancia genera la prescripción o caducidad como sanción legítima.

Resumen

El tribunal determinó que la exigencia constitucional de impartir justicia en los plazos y términos legales, establecida en el artículo 17 de la Constitución, responde a la necesidad de que las acciones se ejerzan dentro de lapsos definidos. La inobservancia de estos plazos puede generar sanciones como la prescripción o la caducidad, las cuales son consideradas presupuestos legítimos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.