El proceso legislativo de normas que imponen la obligación de presentar contabilidad electrónica, así como su refrendo y publicación, son actos formal y materialmente legislativos que deben ser impugnados en amparo indirecto, y su análisis de constitucionalidad debe realizarse a través de la interpretación de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, al considerar que son actos de naturaleza formal y materialmente legislativa. Sin embargo, niega el amparo contra diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y reglamentos relacionados. Concede el amparo respecto al proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, estableciendo que la sola omisión de presentar pruebas en un procedimiento de revisión electrónica no justifica el cobro de una preliquidación mediante ejecución forzosa.
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