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821/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

El quejoso fue objeto de una visita domiciliaria para corroborar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a que está afecta como sujeto directo en materia de Impuesto Sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece. Por tal motivo, se le impuso un crédito fiscal por la omisión detectada. Inconforme con ello promovió juicio de nulidad, en el cual se resolvió confirmar la validez de la multa. Se debe negar el amparo, pues no logró desvirtuar la presuntiva de ingresos y acumulación no cubiertos, pues la liis no versó sobre el derecho de superficie adquirido, ni de su calidad como propietaria superficiaria, sino en la presunción fiscal.

Expediente
821/2022
Tribunal
Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
David García Sarubbi
Fecha
5 abr 2024
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

El quejoso fue objeto de una visita domiciliaria para corroborar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a que está afecta como sujeto directo en materia de Impuesto Sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece. Por tal motivo, se le impuso un crédito fiscal por la omisión detectada. Inconforme con ello promovió juicio de nulidad, en el cual se resolvió confirmar la validez de la multa. Se debe negar el amparo, pues no logró desvirtuar la presuntiva de ingresos y acumulación no cubiertos, pues la liis no versó sobre el derecho de superficie adquirido, ni de su calidad como propietaria superficiaria, sino en la presunción fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.