El recurso de revisión en amparo directo procede excepcionalmente cuando se impugna la aplicación de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionada con un tema propiamente constitucional.
El presente recurso de reclamación se interpuso contra el desechamiento de un recurso de revisión en amparo directo. Las recurrentes argumentaron que el desechamiento violaba el artículo 107, fracción VIII, inciso b), último párrafo, de la Constitución Federal y el artículo 217 de la Ley de Amparo. Sostuvieron que el Tribunal Colegiado aplicó incorrectamente la jurisprudencia 2a./J. 95/2018, la cual establece la procedencia excepcional de la revisión en amparo directo cuando se impugna la aplicación de jurisprudencia de la SCJN sobre temas constitucionales, dado que consideraron que el tribunal le dio una interpretación distinta a la debida.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.